El próximo 1 de marzo de 2018
entra en vigor el Reglamento (UE)
Nº 2016/1179
Este reglamento (ATP 9 del CLP) se publicó el 19 de julio de 2016 y sus principales modificaciones son las siguientes :

1º.- Supresión de la tabla 3.2 de la parte 3 del anexo VI donde se recogen la clasificación y etiquetado armonizados de sustancias peligrosas con arreglo a la Directiva 67/548/CEE, derogada con efectos a partir del 1 de junio de 2015 aunque su supresión no tendría efecto hasta el 1 de junio de 2017 para facilitar la transición hacia la plena aplicación del Reglamento CLP.

2º.- Inclusión, eliminación y modificación de la clasificación y el etiquetado armonizado de ciertas sustancias:

Modifica de 22 sustancias.
Elimina de 2 sustancias (entradas 607-331-00-5 y 609-066-00-0).
Incluye 26 sustancias. Entre las que se están:
– Plomo, distinguiendo entre forma masiva (partículas de tamaño superior o igual a 1 mm) y forma en polvo (partículas de tamaño inferior a 1 mm)
– Varios compuestos de cobre, para los cuales se incluye la clasificación medioambiental de acuerdo a los dictámenes del RAC (Comité de Evaluación de Riesgos de la ECHA)
Esta segunda parte será aplicable a partir del próximo 1 de marzo. (La primera parte ya se aplica actualmente.)
El próximo 26 de febrero estará disponible la nueva versión de eQgest (v.5.4.) que incorpora esta ATP y otras mejoras cuyo detalle podrá encontrar en la zona de clientes de www.eqgest.com/clientes.
eQgest le informará de aquellas sustancias que esté utilizando actualmente y pasen a tener clasificación armonizada.